“Pero toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta afrenta su cabeza” . 1 Corintios 11:5
Este pasaje ha generado no poca discusión en torno a lo que significa que una mujer “profetice” en la congregación. Algunos han usado este texto para justificar el liderazgo doctrinal femenino, mientras que otros lo rechazan tajantemente. Desde una postura conservadora y fiel a las Escrituras, es necesario entender con claridad qué se está diciendo aquí, y en qué sentido puede hablarse de mujeres que “profetizan” sin contradecir la enseñanza apostólica que prohíbe que la mujer enseñe con autoridad sobre el varón.
En primer lugar, es fundamental reconocer que la profecía en el tiempo apostólico tenía un papel distinto al oficio profético veterotestamentario. No se trataba siempre de revelar nuevas doctrinas, sino también de exhortar, edificar y consolar dentro del cuerpo de Cristo (cf. 1 Corintios 14:3). Algunos cesacionistas reconocen que hubo en la era apostólica una manifestación del don de profecía que desapareció con el cierre del canon. Aun así, este don, cuando era genuino, no implicaba autoridad doctrinal ni liderazgo pastoral, sino una función limitada y sujeta al discernimiento de la iglesia (1 Corintios 14:29).
Ahora bien, incluso si aceptamos que había un ejercicio limitado del don profético en algunas mujeres como las hijas de Felipe (Hechos 21:9), el contexto de 1 Corintios 11 no autoriza a la mujer a enseñar o gobernar en la iglesia. Pablo mismo aclara más adelante, en 1 Corintios 14:34 y en 1 Timoteo 2:12, que la mujer debe guardar silencio en la congregación y no ejercer autoridad sobre el varón. La aparente contradicción entre estos textos se resuelve si entendemos que 1 Corintios 11 no está describiendo una reunión oficial de enseñanza doctrinal, sino un contexto más amplio donde las mujeres podían orar o dar palabras de edificación, siempre en sujeción, sin tomar el rol de maestras o pastoras.
Otra interpretación válida desde la tradición conservadora es que el término “profetizar” en este pasaje no se refiere a revelaciones sobrenaturales, sino al acto de proclamar la Palabra ya revelada, como una forma de exhortación, testimonio o alabanza, sin ejercer dominio ni autoridad sobre los varones. En este sentido, la mujer puede hablar dentro del cuerpo de Cristo en ciertas circunstancias —como en reuniones informales, grupos de mujeres o contextos familiares—, siempre guardando el orden establecido por Dios en cuanto al liderazgo y la enseñanza.
Por tanto, afirmar que las mujeres “profetizaban” no implica reconocerlas como profetisas con autoridad doctrinal o función pastoral. La Escritura es clara en cuanto al lugar de sujeción que corresponde a la mujer en el orden de la creación y en la estructura de la iglesia. Pablo no se contradice; más bien, establece un principio general de autoridad (1 Corintios 11:3) y luego regula una práctica específica sin abolir ese principio. El texto debe interpretarse a la luz de toda la enseñanza apostólica, la cual enseña con claridad que la mujer no debe enseñar ni ejercer autoridad sobre el hombre, sino estar en silencio, en toda sujeción.
Este enfoque conserva la integridad del texto, respeta el orden divino establecido en la creación y mantiene la diferencia entre los roles sin menospreciar el valor de la mujer ni su participación en la edificación del cuerpo de Cristo, en los términos y límites que Dios mismo ha establecido.